Martes 16 Abril 2024

El gallego que le ganó a Google el derecho al olvido

Mario Costeja es el hombre que impuso a Google el derecho al olvido. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado este martes la razón a la Agencia Española de Protección de Datos en su disputa con la multinacional estadounidense al dictaminar que los servicios de motor de búsqueda en Internet son responsables de los datos personales incluidos en las páginas web que tratan. El gran protagonista casi involuntario de esa decisión es un abogado que ejerce en A Coruña, que exigió que se retirara de Google un enlace con una información sobre su persona que considera perjudicial.

Costeja, que es perito calígrafo judicial y experto en comunicación no verbal, está satisfecho con un fallo que considera satisfactorio. “Hay una reglas de juego para estas compañías y para los ciudadanos”, sostiene el abogado, que pese al pleito se refiere al buscador de Google como “el mejor invento desde la rueda”. Pero su caso, afirma, plantea la necesidad de que “se apliquen las normas dentro y fuera de Internet”. “Estos es algo que cualquier empresa extranjera tiene que asumir”, ha declarado a elmundo.es.

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El anuncio de una subasta de inmuebles aparecido en la hemeroteca digital de ‘La Vanguardia’ desencadenó el caso

La sentencia reconoce la existencia de un “derecho al olvido” como el que invocó Costeja, y contradice la opinión del abogado general, Niilo Jääskinen, que en junio de 2013 había dado la razón a Google.  El litigio se remonta al año 2010, cuando la Agencia Española de Protección de Datos exigió a Google que eliminase en los resultados de sus búsquedas los vínculos al anuncio publicado en un periódico de una subasta de inmuebles relacionada con un embargo por deudas a la Seguridad Social, que afectaba directamente a este abogado.

La Agencia actuó a instancias de Costeja, que alegaba que el embargo al que se vio sometido en su día está totalmente solucionado y resuelto desde hace años y carece de relevancia en la actualidad, por lo que no quería que apareciera cuando se buscara su nombre en Google. El anuncio fue publicado hace 16 años en la edición en papel de La Vanguardia, a instancia del Ministerio de Trabajo. El problema surgió una década después, cuando el diario digitalizó su hemeroteca. Al teclear en el popular motor de búsqueda en la Red su nombre y apellidos, el embargo por un impago de una antigua tienda que llevaba con su esposa vuelve a acecharle. “Todo estaba solucionado y pagado desde hacía años, me divorcié desde entonces, pero según Google sigo siendo deudor y casado”, se lamentaba Costeja en una entrevista en El País.

“Todo está solucionado, pero según Google sigo siendo un deudor”, lamenta Mario Costeja

En su sentencia, el tribunal concluye que “el gestor de un motor de búsqueda en Internet es responsable del tratamiento que aplique a los datos de carácter personal que aparecen en las páginas web publicadas por terceros”, y por tanto debe respetar la directiva comunitaria sobre protección de datos, informa Europa Press.

En respuesta a la pregunta de si la directiva permite que la persona afectada solicite que se supriman de esa lista de resultados unos enlaces a páginas web porque desea que la información sobre ella que figura en esas páginas se ‘olvide’ después de un cierto tiempo, el Tribunal de Justicia indica que “si, a raíz de la solicitud de la persona afectada, se comprueba que la inclusión de esos enlaces en la lista es incompatible actualmente con la directiva, la información y los enlaces que figuran en la lista deben eliminarse”.

El fallo señala que “con el tiempo, incluso un tratamiento inicialmente lícito de datos exactos puede llegar a ser incompatible con la directiva cuando, habida cuenta de todas las circunstancias que caractericen cada caso, esos datos se revelen inadecuados, no pertinentes o ya no pertinentes o excesivos desde el punto de vista de los fines para los que fueron tratados y del tiempo transcurrido”.

En todo caso, el fallo admite que en cada caso se tendrá que examinar “si dicha persona tiene derecho a que la información en cuestión sobre ella deje de estar vinculada en la actualidad a su nombre a través de la lista de resultados que se obtiene tras efectuar una búsqueda a partir de su nombre”.

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